El acreditado murió, pero vendieron el crédito... ¿Qué procede?
En este tipo de casos lo que procede es la liberación del crédito por parte de la recuperadora; bien sea Recuperadora de deuda hipotecaria, Capmark, Zendere, Pendullum o SCRAP II.
Requisitos básicos:
- El trámite debe hacerlo alguno de los beneficiarios
- Solicitar liberación de hipoteca por escrito
- Pagar los gastos notariales
- Acta de defunción
- Identificaciones oficiales, entre otros.
Les recomiendo visitar las oficinas de la recuperadora acompañados de un abogado de confianza.
No vayan a firmar un compromiso para pagar solidariamente la deuda. Los abogados de la recuperadora son hábiles y pueden engañarlos. Mucho Ojo!
Si requieres asesoría personalizada, con gusto podemos ayudarte.
Tenemos abogados que pueden ayudarlos y asesorarlos.
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